fiscal

¿Qué se entiende por el IRPF?

El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) es el tributo que deben pagar al Estado, todas las personas que se encuentren en la categoría de residentes fiscales en España (aquellos que hayan permanecido más de 183 días en el año gravado) y hayan obtenido rentas en ese período resultantes del trabajo, capital mobiliario, inmobiliario, actividades económicas, ganancias o pérdidas patrimoniales e imputaciones económicas establecidas en la legislación.

Se ha de comentar que dicha tributación, estará en dependencia de las circunstancias y situación personal y familiar de cada cual.

¿Quién está obligado a presentar la declaración de la renta?

La legislación tributaria actual establece como excepciones a la declaración de la renta a:

- Aquellas personas que, como resultado de su trabajo, tanto por cuenta propia como por cuenta ajena, hayan recibido ingresos inferiores a 22.000 € durante el ejercicio a tributar y procedan los mismos de un solo pagador.

- Aquellas personas que, como resultado de su trabajo, tanto por cuenta propia como por cuenta ajena, hayan recibidos ingresos inferiores a los 14.000 € anuales y tengan más de 1 pagador, cuando lo pagado por el segundo y posteriores no supere los 1.500 €.

- Aquellos contribuyentes que, como rendimiento del capital mobiliario, ganancias patrimoniales sometidas a rendimientos o plusvalía sean inferiores a los 1.600 € brutos anuales.

Existe un mínimo personal y familiar que, por destinarse a cubrir las necesidades vitales del contribuyente y de las personas que de él dependen, no se somete a tributación.

Asimismo, está exenta la renta que se califique expresamente como tal en la normativa de IRPF o en otra ley.

¿Cuánto debo pagar?

El porciento que se paga de la renta por cada persona dependerá de sus ingresos. Se clasifican en base general y base del ahorro, teniendo esta última menores porcentajes de tributación que la general. También hay que tener en cuenta que nuestra renta tiene componente estatal y autonómico.

En el caso de la renta general tributa en una escala progresiva que es comúnmente conocida pero que también la reflejamos aquí. Esto significa que a mayores ingresos mayores tributaciones y en sentido contrario, favorece a los que menos ingresos obtengan.

Los tramos del IRPF se aplican progresivamente y no el total de los ingresos en el tramo de porciento que le corresponde, sino

Los tramos para el IRPF 2023 son:

• Desde 0 hasta 12.450 euros: retención del 19%.

• Desde 12.450 hasta 20.199 euros: retención del 24%.

• Desde 20.200 hasta 35.199 euros: retención del 30%.

• Desde 35.200 hasta 59.999 euros: retención del 37%.

• Desde 60.000 hasta 299.999 euros: retención del 45%.

• Más de 300.000 euros: retención del 47%.

Plazo de presentación

Ya estamos en campaña de la renta desde el 11 de abril y hasta el 30 de junio del 2023. Si no lo has hecho acércate a tu gestoría de confianza y tramítala.

LABORAL

Notificaciones telemáticas de la Seguridad Social

Las notificaciones telemáticas son mensajes mediante los cuales la Tesorería General de la Seguridad Social te comunica las diferentes resoluciones relacionadas con tus derechos o intereses a través del Sistema RED. Este servicio permite la gestión de las notificaciones de actos administrativos entre los Organismos o Entidades de la Seguridad Social y las empresas y ciudadanos.

Este canal mantiene las medidas de seguridad necesarias para garantizar su fiabilidad en la gestión de las Notificaciones Telemáticas.

¿Qué sujetos están obligados a la notificación electrónica?

• Todas las empresas dentro de algún régimen del Sistema de la S.S. independientemente del número de trabajadores que tengan

• Trabajadores que figuren dentro del Régimen Especial de la S.S de trabajadores por cuenta propia.

• Empresas que figuren dentro de los Sistemas Especiales del Régimen General

¿Qué tipo de notificaciones llegarán por esta vía?

• Los actos dictados por la Tesorería General de la Seguridad Social en materia de inscripción de empresas, afiliación, altas, bajas y variaciones de datos de trabajadores, cotización, liquidación, recaudación, sanciones e impugnaciones.

• Las resoluciones emitidas por el Instituto Nacional de la Seguridad Social.

• Los actos y resoluciones emitidos por el Instituto Social de la Marina.

Este sistema no está diseñado para notificar toda clase de acto por la SS. Las que sí se notifican por esta vía son:

• Reclamaciones de deuda

• Comunicación del inicio de procedimiento de deducción

• Providencias de apremio

• Actos del procedimiento de apremio por cuotas y conceptos de recaudación conjunta y otros recursos.

¿Existe plazo de tiempo para abrir las notificaciones?

Las notificaciones son emitidas por la SS y la persona obligada a la comunicación telemática, de los tipos que hemos comentado tendrá hasta 10 días para su apertura, de lo contrario la Administración entenderá que ya ha sido notificada y continuará el curso legal de la misma.

MERCANTIL

¿Pueden ir las oficinas de farmacias a concurso de acreedores?

El pasado 26 de septiembre de 2022 se puso en vigor la nueva ley concursal española. La misma, nos propone en un extenso articulado que asciende a 755, una regulación completa del sistema concursal.

Una empresa entra en concurso de acreedores cuando ya no puede hacer frente a sus deudas y los activos que posee ya no son suficientes para pagar. Sus pasivos superan a sus activos. En este momento la persona física o jurídica se declara insolvente. Esta insolvencia puede ser actual, cuando el deudor no puede cumplir regularmente sus obligaciones exigibles o por otra parte, se puede declarar también con una estimación de inminente y será cuando el deudor prevea que en los siguientes 3 meses no podrá cumplir regular y puntualmente con sus obligaciones. Puede ser solicitada por el titular del negocio o por terceros interesados en que este proceso se lleve a cabo.

Pero, ¿pudiera una farmacia entrar en un proceso de este tipo?

Si, es la respuesta rotunda. Como autónomo o empresa, pudieras incumplir con tus obligaciones con terceros y desafortunadamente entrar en un proceso de concurso. Previo al mismo, deberás intentar obtener financiamiento para poder satisfacer tus obligaciones crediticias y en caso contrario ponerte en manos de especialistas que te ayudarán a encontrar las mejores soluciones para ti y tu negocio.

¿Podemos evitar entrar en concurso de acreedores?

Si y para ello debemos velar que la contabilidad sea correcta y ajustada a las normas legales de contabilidad, de manera que puedas tener una foto exacta de la situación económica y financiera de tu farmacia. Con esta foto, tendrás que evaluar de manera global, corregir o modificar el rumbo si fuese necesario y por último siempre contar con personal calificado que te guie y oriente financiera, contable, fiscal y societariamente.