INTRODUCCIÓN

¡Hola, queridos lectores!

El Grupo Aspime y su Fundación FARMAS siempre pensando en cómo acercarte mejor la información, trae en esta ocasión su edición 3/2022 del FARMANEWS, con interesantes propuestas laborales, contables y fiscales. Aprovecha al máximo sus contenidos, aplícalos a tus necesidades y espera con ansias la próxima edición para continuar actualizado.

CONVENIOS DE COLABORACIÓN

La Fundación FARMAS ha estado trabajando intensamente y ampliando los vínculos con sus colaboradores desde todos los puntos de vista. En este período desde la última edición del FARMANEWS, se han llevado a cabo la firma de tres importantes convenidos que impactarán positivamente en le desarrollo del sector farmacéutico español.

Uno de los convenios de este período es el que se suscribió con la Sociedad Española de Farmacia Clínica Familiar y Comunitaria (SEFAC). Este acuerdo principalmente está basado en el compromiso para la colaboración en actividades formativas, eventos y elaboración de información relevante para los socios y clientes de ambas entidades. Con esta colaboración se pretende aportar un valor incalculable para el sector, al proponerse la realización de informes de gran impacto por sus profundos análisis sobre la situación del sector farmacéutico a escala nacional, europea e internacional.

El segundo Convenio que se alcanzó fue rubricado con la empresa BD DISPENSING SPAIN S.L.U. Este Acuerdo tiene como objetivo la colaboración entre las partes para alcanzar un eslabón superior en la modernización y robotización de las farmacias españolas. La empresa BD DISPENSING SPAIN S.L.U., ofrece robot de farmacias, una de las mejores propuestas del mercado desde hace ya 25 años en los que ha llevado a las farmacias y los clientes innovadoras opciones con las que se ha ganado el mercado.

El tercer instrumento legal se firmó con la empresa FARMA-IURIS, con el cual se pretende promover la digitalización de las oficinas de farmacia. Con este convenio ofrecerán a los farmacéuticos la oportunidad de agilizar las operaciones de compraventa de farmacias de forma segura, sin intermediación, ni publicidad habitual, dotando a vendedores y compradores de herramientas necesarias para facilitar su encuentro, evitando así costes y comisiones innecesarias. Mediante su nueva plataforma digital, pretenden unir esfuerzos para ser aún más ágiles todos los procesos.

La diversidad de estos tres convenios muestra el constante afán de la Fundación FARMAS por apoyar a los farmacéuticos españoles y junto a ellos seguir echándole ganas.

INFORME ASPIME 2022

¡Si, si, ya está casi aquí! Como cada año por estas fechas el Grupo Aspime ya ultima los detalles para el lanzamiento del INFORME ASPIME 2022 DE OFICINAS DE FARMACIAS. ¿Que cuándo lo podremos consultar? Pues no te apures, que te contamos.

En el mes de noviembre ya podrás disfrutar de todos los contenidos e informarte de los datos únicos que transmite este informe. Recordemos que es instrumento de consulta por la Agencia Tributaria y por miles de clientes y no clientes, dentro y fuera del sector farmacéutico por el valor agregado que le colocamos. Te contamos que para esta edición ya han estado aportando sus conocimientos muchos de los socios colaboradores que, desde diferentes aristas, siempre poniéndote en el centro, como farmacéutico y a tu lugar favorito, tu oficina de farmacia, hacen análisis profundos de los que hemos logrado en este año y las metas que se propone el sector para afrontar el 2023 que ya nos toca la puerta.

Al igual que en ocasiones anteriores habrán webinars para su presentación, conferencias online y presenciales en los diferentes escenarios y otras curiosas sorpresas, para que puedas estar el en top de la información en tu sector.

¡TE MANTENDREMOS INFORMADO!



fiscal

¿Cómo impactarán las nuevas propuestas fiscales a los farmacéuticos?

En fecha reciente el ejecutivo español ha sacado adelante un paquete de medidas fiscales que proponen gravar las rentas superiores y bonificar las rentas bajas que, de aprobarse, será incluido en los próximos Presupuestos del Estado del 2023.

Aparecen 3 como los impuestos elegidos a modificar: el IRPF, Impuesto sobre Sociedades y la creación de uno nuevo, “impuesto de solidaridad de las grandes fortunas”. Resulta interesante abordar los impuestos más relevantes para el sector farmacéutico español, teniendo en cuenta que estas modificaciones le incidirán directamente ya que se compone de autónomos y pequeñas sociedades.

IRPF de rentas del trabajo

El IRPF por rentas del trabajo, será modificado para las rentas inferiores a 21.000 euros. Si estás en este tramo, si te debe interesar esta medida. Está pensado como un aumento de las reducciones por rendimientos del trabajo. Bajo este concepto, se encuentra un beneficio fiscal que se aplica desde hace años a las rentas más bajas percibidas del trabajo. Hasta un mínimo, que estaba situado en 18.000 euros, se aplica una rebaja estipulada según el tramo, de modo que el impuesto se aplica sobre una base más baja, quedando una mayor parte del salario en el ingreso neto. Ahora se sube ese baremo hasta los 21.000 euros.

El paquete de medidas aumenta ligeramente también el mínimo exento, al subirlo de 14.000 a 15.000 euros. Tanto una medida como otra se incluirán en el Presupuesto General del Estado y se mantendrá en el tiempo. Afectará a los ingresos de 2023, por lo que no cambia la declaración que se haga respecto a 2022.

IRPF de rentas del capital

Este cambio solo te afecta si los rendimientos de tus inversiones te aportan más de 200.000 euros al año. El Gobierno propone elevar del 26% al 27% lo que se paga por ingresar entre 200.000 euros y 300.000 euros por esta vía. Además, se aplicará un tipo del 28% si se superan los 300.000 euros.

Autónomos

En el caso de los autónomos está previsto que tenga incidencia en 1,4 millones, los que se beneficiarán de alguna de las dos medidas propuestas. El Gobierno ha anunciado una primera medida temporal (solo para 2023) que supone una rebaja en el rendimiento neto de los que tributan por módulos. Además, se aprueba un aumento en los gastos deducibles de difícil justificación para aquellos que declaren en el régimen de estimación directa simplificada. Hasta ahora el límite era del 5% y se aumenta al 7%.

Impuesto de Sociedades para pymes

Esta medida incide directamente en las Oficinas de Farmacias que facturen menos de un millón de euros. Como tipo impositivo general se aplica el 25%, salvo para el sector bancario y los hidrocarburos. La propuesta es que se rebaje al 23%.

Comenzará a aplicarse en 2023 y tendrá un carácter permanente y no temporal como la medida anterior.

IVA de higiene femenina

Otro de los elementos que tiene incidencia en las farmacias es el relacionado con el IVA de los productos de higiene femenina y preservativos. Se trata de una rebaja que pasarán del 10% al 4%.

contabilidad factura electrónica

¿CUÁNDO ESTOY OBLIGADO A FACTURAR A TRAVÉS DE LA FACTURA ELECTRÓNICA?

En fecha reciente, tanto como el 22 se septiembre de 2022, el parlamento español, concluyó el trámite para la aprobación de la Ley de Creación y Crecimiento de Empresas, conocida como “Ley Crea y Crece”, quedando listo el texto para su publicación en el BOE. Esta ley está dirigida a facilitar la creación de empresas, reducir obstáculos regulatorios, luchar contra la morosidad e impulsar el crecimiento y expansión empresarial.

En ella se plantean temas de crucial importancia para el desarrollo empresarial en España, dentro de ellos que se encuentra la factura electrónica.

Pero ¿a qué se hace referencia cuando se habla de factura electrónica?

“Una factura electrónica es, ante todo, una factura. Es decir, tiene los mismos efectos legales que una factura en papel. Es un justificante de la entrega de bienes o la prestación de servicios. Se expide y recibe en formato electrónico y está condicionada al consentimiento de su destinatario. La factura electrónica, por tanto, es una alternativa legal a la factura tradicional en papel”.

Se presenta también como un instrumento útil para reducir los costes de transacción del tráfico mercantil y para facilitar el acceso a la información sobre los plazos de pago entre empresas.

Esta nueva ley prevé la ampliación de la obligación de expedir y remitir facturas electrónicas a todas las empresas y autónomos en sus relaciones comerciales con otros entes de igual naturaleza. Y remite a desarrollar reglamentariamente los requisitos técnicos y de información que deba incluir la factura electrónica y los sistemas que la procesan para poder controlar la fecha de pago y determinar los periodos medios de pago de las empresas.

Se ha diferenciado en dicho texto entre empresas de menor y mayor tamaño, con respecto al momento de implementación de dicha obligación. Dado que las empresas pequeñas sufren en mayor medida las malas prácticas en relación a los plazos de pago, urge que se implementen medidas que incentiven los pagos sin demora. Debido a lo anterior, se ha decidido implementar el Programa Toolkit con subvenciones a la digitalización, para facilitar esta transición y ofrecerles a las pequeñas empresas el período de 3 años para su implementación y para las grandes y autónomos con facturación superior a 8 millones su aplicación a partir del primer año, ambos contado desde la publicación de la norma en el BOE.

Se plantean como requisitos fundamentales que las facturas electrónicas deberán cumplir, en todo caso, lo dispuesto en la normativa sobre facturación; se deberá facilitar por las empresas y autónomos que las facturas puedan ser leídas y copiadas, así como descargadas e impresas de forma gratuita y se propiciará la creación de mecanismos para que los destinatarios de las facturas puedan consultarlas por medios electrónicos durante, al menos, los últimos cuatro años, estableciéndose sanciones administrativas de hasta 10 000€ en caso de no permitirlo.

Está inclusión legislativa constituye un reto a mediano plazo para las Oficinas de farmacias, que en su gran mayoría tienen facturación por debajo de 8 millones. Se deberán ir actualizando los mecanismos digitales tendentes a aplicar la factura electrónica, para que, en el 2025, quede completamente implementada.

laboral

CAMBIOS EN EL SISTEMA DE COTIZACIÓN PARA AUTÓNOMOS

Después de los amplios debates que suscitó, el pasado 27 de julio de 2022, salió publicado en el BOE el nuevo sistema de cotización para los autónomos, propuesto para su aplicación del 2023-2025. Nos trae como principal elemento diferenciador de la anterior normativa, que se cotizará por ingresos reales y no por una base de cotización, elegible voluntariamente por el autónomo en el momento de su alta en el sistema de la Seguridad Social.

La Fundación Aspime Farmas sigue comprometida, también en la situación actual, a contribuir con la difusión y el conocimiento en el sector farmacéutico, ayudando a los titulares de oficinas de farmacias a través de la elaboración de estudios y realización de cursos formativos.

La reciente propuesta tiene en cuenta 15 tramos de rendimientos netos y bases de cotización que van desde una cuota mínima de 230€ hasta los 500€ euros para el 2023 y de 200€ hasta los 590€ para el 2025 (ver tabla).

Algunos de los cambios más importantes en este sistema de cotización y que por supuesto tendrán impacto en la Comunidad Farmacéutica, te los describimos a continuación.

Hacienda juega un papel fundamental en este nuevo modelo, ya que su facultad fiscalizadora se materializará con fuerza a la hora de determinar los ingresos reales para el cálculo de la cuota a pagar. Prevista está también, la regularización de las cuotas, que se llevará a cabo el año siguiente al ejercicio económico según los datos aportados a la Agencia Tributaria y a las Administraciones forales.

Otra de las primicias es con respecto a las deducciones del autónomo. El autónomo individual además de las deducciones de los gastos a los que está habituado, tendrá la posibilidad de deducirse el 7% adicional y el 3% si es autónomo societario por concepto de gastos genéricos.

En el nuevo texto se les ofrece la posibilidad a los autónomos de modificar su base de cotización hasta 6 veces en el año, siendo esta propuesta más ventajosa que las 4 veces que hasta hoy están permitidas. Esta opción permite concordar la previsión de rendimiento anual con la real.

Con este sistema, regido por ingresos netos deja de ser coherente la cotización diferenciada para mayores de 47 años, por lo que desaparece. También se prevé la posibilidad de desgravación del 10% de las aportaciones al plan de pensiones en el impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF).

La tarifa plana o cuota reducida aplicable a las cotizaciones de los nuevos autónomos, aumenta en comparación con la que está vigente. Será durante el primer año de 80 euros, pudiéndose ampliar a un año más, si se tienen ingresos menores al Salario Mínimo Interprofesional durante el año de actividad como trabajador por cuenta propia.

Para implementar todos estos cambios está previsto herramientas digitales que posibilitarán al trabajador autónomo gestionar directamente sus trámites y obligaciones con la Seguridad Social, tales como altas, bajas, determinación y modificación de tramos por los cuales cotizar. La posibilidad de realizar simulaciones antes del alta, también está prevista para mejorar la accesibilidad de los trabajadores por cuenta propia con esta Administración.